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Instalación de Comités de Participación Ciudadana

OBJETIVO GENERAL DE LA DEPENDENCIA O ENTIDAD:

Orientar la política pública a resolver el problema de la violencia y la delincuencia de una forma integral y multicausal, promoviendo las políticas de desarrollo humano que incentiven la cohesión social, la convivencia pacífica y generen condiciones de desarrollo para los habitantes

  • Impulsar la participación Ciudadana.
  • Recuperar la comunicación, la confianza y los valores.
  • Fortalecer la cohesión social y comunitaria.
  • Promover la cultura de la paz y la legalidad.

PROGRAMA O PROYECTO
Eje político: Democracia Participativa y Estado de Derecho

INSTALACIÓN DE LOS COMITES DE CONSULTA Y PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD

En los artículos 227 al 232, del Capítulo Noveno de los Comités de Consulta y Participación de la Comunidad de la Ley de Seguridad Pública del Estado de Tlaxcala y sus Municipios establece que cada Consejo, creará un Comité de Participación Ciudadana, en el ámbito de su competencia; con la finalidad de formular estrategias y acciones para salvaguardar la integridad física y los derechos de las personas, así como preservar la libertad, el orden y la paz pública en el ámbito municipal.