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Difusión del Servicio Nacional Homologado de Atención a llamadas de Emergencia 9-1-1 y 089 de Denuncia Anónima

La Ley de Seguridad Pública del Estado de Tlaxcala y sus Municipios, menciona en su:

CAPITULO SEGUNDO DEL CONSEJO ESTATAL

  • Artículo 189.- El Consejo Estatal, como Órgano Colegiado, es la instancia superior de coordinación del Sistema Estatal de seguridad Pública y tiene por objeto establecer las políticas, estrategias y acciones en materia de seguridad pública, para hacer efectiva la coordinación entre la Federación, el Estado y sus Municipios, en el marco del sistema Nacional de Seguridad Pública.

El Gobierno del Estado tiene implementado un sistema de coordinación con dependencias, organismos e instituciones Estatales, Federales y Municipales para la recepción y atención oportuna de incidentes que afecten la seguridad pública, el orden a la integridad física de las personas y su patrimonio.

OBJETIVO: Difundir los sistemas telefónicos de emergencia responde a una de las acciones de prevención y disuasión contra la violencia y la delincuencia. Que permite a la ciudadanía utilizar como herramienta en respuesta de una acción preventiva o de auxilio y de fomento a la cultura de la denuncia anónima.

ESTRATEGIA: Difundir el uso y funcionamiento de los Sistemas Telefónicos de Emergencia y de Denuncia Anónima en los Centros Escolares, Ayuntamientos y a la ciudadanía en general.